Teniendo como base las normativas legales del pais, como Decreto Ejecutivo 2393, CD 513 y la constitución del Ecuador Artículos 33, 326 Lit. No. 5, 326 Lit No. 6, código del trabajo Art. 42, Art. 410, Art 430, Art. 545, donde se ratifican las obligaciones y deberes de los empleadores y trabajadores en materia de Seguridad & Salud Ocupacional. El 16 de junio del 2017 MDT-2017-0082, el Ministerio de Trabajo, obliga a las empresas con mas de 10 trabajadores a realizar un programa de riesgos psicosociales enfocado a la NO discriminación en el ámbito laboral.